La Comunidad de Madrid amplía el proyecto ‘Paradas a demanda’ a todas las líneas de transporte Nocturnas

  • A PARTIR DEL 30 DE OCTUBRE.
  • Este proyecto en las líneas ‘N’ beneficia a mujeres y menores de edad que pueden acortar sus recorridos por la noche y garantizarles una mayor seguridad
  • Los autobuses nocturnos podrán dejarles, dentro de su ruta y exclusivamente en zona urbana, en una ubicación segura y cercana a su domicilio

28 de octubre de 2020.- La Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, a través del Consorcio Regional de Transporte, ha comunicado al Ayuntamiento la ampliación a todas las líneas de transporte Nocturnas ‘N’ el proyecto de Paradas a Demanda para mujeres y menores de edad, a partir del viernes 30 de octubre.

Este proyecto en las líneas ‘N’ beneficia a mujeres y menores de edad que pueden acortar sus recorridos por la noche y garantizarles una mayor seguridad. De esta forma, los autobuses nocturnos podrán dejarles, dentro de su ruta y exclusivamente en zona urbana, en una ubicación segura y/o más cercana a su domicilio.

Según la concejal de Movilidad, Mª del Mar Sánchez, “la solicitud de incluir a Tres Cantos en las Paradas a demanda se realizó el pasado mes de febrero en una reunión con el Consorcio de Transportes, al conocer la implantación del proyecto piloto en otras ciudades de la comunidad. Ya entonces, se consideró como una muy buena iniciativa para el fomento del transporte urbano de una forma segura para los usuarios”.

Así:

  • Pueden solicitar la parada mujeres y los menores de 18 años.
  • El punto de parada solicitado debe estar incluido en el itinerario de la línea y sólo en el ámbito urbano.
  • Deben comunicar personalmente al conductor con una parada de antelación el lugar donde desean bajarse.
  • El viajero debe situarse en la parte delantera del autobús y el descenso sólo se realiza por la puerta delantera.
  • El requisito fundamental para la bajada es que exista una acera con anchura mínima 1,5 metros, que la parada no genere situaciones de riesgo y que esté en tramo urbano.
  • Si el acceso al autobús es por la rampa, el usuario que vaya en silla de ruedas (mujeres o menores de 18 años) le comunicará al conductor el punto donde desea bajarse. El conductor le indicará si reúne las condiciones necesarias para poder bajar la rampa o le propondrá un punto de desembarque alternativo que sí reúna las condiciones. Ante la duda, siempre prevalece el criterio del conductor.

Algunas de las principales circunstancias en las que no se puede realizar la bajada:

  • No se puede parar a menos de cinco metros de una esquina, cruce o bifurcación.
  • No se puede obstruir los accesos de vehículos en inmuebles señalizados con vado ni obstaculizar la utilización normal del paso de salida o acceso de personas a un inmueble.
  • No puede realizarse parada en lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.
  • No puede realizarse parada en glorietas, isletas, medianas, pasos a nivel, pasos para ciclistas, pasos de peatones ni rebajes de aceras.
  • No puede realizarse parada donde así esté señalizado o prohibido reglamentariamente.

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