- El objetivo es agilizar la gestión de los trámites. Para ello, la web recoge toda la normativa, ámbito de aplicación, líneas de ayudas y modelos de solicitud
8 de febrero de 2021.- El Ayuntamiento de Tres Cantos pone a disposición de los vecinos en la página web municipal, toda la información sobre el procedimiento de solicitud de ayudas destinadas a aquellos que hayan sufrido daños como consecuencia del temporal Filomena.
Con el objetivo de agilizar la gestión de los trámites de compensación de daños, la web recoge toda la normativa, ámbito de aplicación, líneas de ayudas y modelos de solicitud para su descarga a través del siguiente enlace
Líneas de ayudas
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, en los términos y requisitos establecidos en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, los siguientes:
- Las unidades familiares o de convivencia económica que sufran daños personales o materiales, ponderándose, a estos efectos, la cuantía de la ayuda en proporción a los recursos económicos de que dispongan para hacer frente a una situación de emergencia o catástrofe.
- Las personas físicas o jurídicas que, requeridas por la autoridad competente, hayan llevado a cabo una prestación personal o de bienes, a causa de una situación de emergencia.
- Las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, con menos de cincuenta empleados, cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad hubieran sido dañados directamente por los hechos derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica.
- Las Comunidades de Propietarios en régimen de propiedad horizontal que hayan sufrido daños en elementos comunes de uso general que afecten tanto a la seguridad como a la funcionalidad del inmueble, derivados de la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica.
Plazo y presentación
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de terminación de tales hechos.
Las solicitudes se presentarán, mediante los modelos normalizados establecidos en la Orden INT/277/2008, de 31 de enero, en la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente a la provincia en que se hayan producido los hechos causantes de la solicitud o en cualquier registro de los que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
- Sede Electrónica del Ministerio del Interior
- Registro Municipal: desde la Sede Electrónica o presencial con cita previa (persona física)
- Registro Electrónico General de la Administración General del Estado